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Con el objetivo de instaurar los juicios orales en materia mercantil, la Cámara de Diputados aprobó reformas y adiciones al Código de Comercio, lo cual permitirá dar agilidad, certeza jurídica y reducir costos de los procedimientos.
En el dictamen de la Comisión de Economía, aprobado en lo general con 385 votos en pro y una abstención, se indica que se busca promover el sistema oral que por su naturaleza es más ágil frente a la tradicional impartida de manera escrita, “lo cual toma relevancia debido a la necesidad que tiene el país de que se imparta una justicia cada vez más pronta y expedita”.
Entre otros aspectos, el proyecto de decreto adiciona como un requisito que el promovente debe asentar en la demanda su Registro Federal de Contribuyentes y su Clave Única de Registro de Población, a fin de facilitar la identificación de las personas y evitar los problemas que se generen con la homonimia en los nombres de las partes.
Para desaparecer el vacío que existe en el señalamiento del plazo para la consumación de la caducidad de la segunda instancia, se propone fijar un lapso de 60 días hábiles para salvaguardar los derechos de ambos litigantes. Asimismo, se establece el principio de celeridad procesal, contando 30 días hábiles para que opere la señalada figura extintiva.
Durante la discusión en lo particular del dictamen fueron presentadas dos reservas, mismas que fueron desechadas, por lo que el documento se aprobó en los términos planteados por la comisión. El proyecto de decreto se remitió al Senado de la República para continuar su proceso legislativo.