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Luego de recibir el voto aprobatorio de 17 congresos locales, la Cámara de Diputados realizó la declaratoria de constitucionalidad de las reformas realizadas a los artículos 107 y 123 de la Constitución Política, en materia de justicia laboral.
“El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y previa aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados, declara reformados los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia justicia laboral”, manifestó el diputado Javier Bolaños Aguilar, presidente de la Mesa Directiva.
Entre otras cosas, estas reformas desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje (dependientes de los poderes ejecutivos federal y locales) y hace que la justicia laboral pase a tribunales en la materia, pertenecientes a los poderes judiciales federal y de los estados.
El diputado Carlos Gutiérrez García, de NA, indicó que estas modificaciones pretenden hacer que la justicia laboral sea más sencilla y expedita para los trabajadores, y que deje de formar parte de las atribuciones de los ejecutivos locales para pasar al poder judicial a nivel federal y estatal.
Víctor Manuel Sánchez Orozco, diputado de MC, afirmó que es necesario revisar el funcionamiento de los poderes judiciales locales, pues si se soslayan sus problemas de corrupción, de falta de perfiles idóneos, de falta de servicio civil de carrera la reforma estará destinada al fracaso, advirtió.
Del PES, el diputado Abdies Pineda Morín recalcó que esta reforma constituye una respuesta de la avanzada a la forma en que los conflictos laborales son gestionados en México. Estamos convencidos, dijo, de las bondades de la reforma y estimamos que su implementación traerá importantes beneficios para el país.
El diputado Mario Ariel Juárez Rodríguez, de Morena, indicó que la sociedad debe estar atenta a la discusión de las leyes reglamentarias de estas reformas constitucionales, pues se conocen propuestas que van en contra de todos los buenos propósitos que traería la reforma recién aprobada.
Por su parte, el diputado Julio Saldaña Morán (PRD) sostuvo que no se está dando un cheque en blanco al poder judicial. Estaremos atentos, vigilantes, para que estos beneficios que logramos se reflejen en bondades para los trabajadores y trabajadoras mexicanas, expresó.
A su vez, el diputado Ulises Ramírez Núñez, dijo que el PAN observará con mucho cuidado y detenimiento la forma en que habrá de implementarse esta importante reforma a favor de los trabajadores de nuestro país y puedan acceder a sus beneficios.
Los cambios a los artículos 107 y 123 constitucionales también incorporan a la Carta Magna la obligación de elegir a los dirigentes sindicales mediante el voto directo, libre y secreto de los trabajadores.
Asimismo, se establecen criterios claros en la designación de los integrantes de los tribunales laborales, al tiempo que se cuida que los trabajadores de las actuales Juntas de Conciliación y Arbitraje, que entrarán en un proceso de transición, mantendrá intactos sus derechos laborales.
Las reformas atienden la preocupación del empresariado de posibles prácticas de extorsión de organizaciones sin real representatividad de trabajadores; sin embargo, con ello no se limita la formulación de un emplazamiento de huelga para obtener la firma de un contrato colectivo de trabajo.
La reforma constitucional, avalada por las legislaturas de Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas, se turnó al Senado de la República para sus efectos constitucionales.