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La Mesa Directiva del Senado informó que la Iniciativa Ciudadana que propone una Ley General para regular los diversos usos de la Cannabis no alcanzó a cubrir el porcentaje mínimo requerido de firmas de ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, que es del 0.13%, por lo que fue devuelta a sus proponentes y el asunto se declaró como concluido y se ordenó su archivo.
La Senadora Graciela Ortiz González (PRI), vicepresidenta de la Mesa Directiva, explicó que dicha iniciativa se recibió por la Cámara Alta el 28 de junio de 2017 y el 4 de julio se dio cuenta al Instituto Nacional Electoral (INE) para la verificación de las firmas.
El 30 de agosto, dijo, se recibió respuesta del INE en la que informa que de los registros encontrados en la lista nominal se pudo determinar que el proyecto no alcanza a cubrir el porcentaje mínimo requerido.
Senado no ratifica a Sergio Sánchez Martínez como Magistrado Numerario
El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó un dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Justicia, por el que no se ratifica al ciudadano Sergio Agustín Sánchez Martínez como Magistrado Numerario con la calidad de inamovible del Tribunal Unitario Agrario.
Este dictamen se presentó en cumplimiento a la ejecutoria de amparo emitida en el juicio 211/2013-I por el Juzgado Octavo de Distrito en Baja California, el cual ordenó la reposición del trámite iniciado con la propuesta del Ejecutivo Federal.
Sin embargo, el 21 de octubre de 2013, Sánchez Martínez impugnó esa determinación mediante juicio de garantías y una vez agotado el procedimiento respectivo, el Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Baja California emitió sentencia que resolvió el Amparo 211/2013-I, determinando otorgar la protección de la Justicia de la Unión al quejoso.
El 27 de abril de 2017, el Presidente Enrique Peña Nieto presentó oficio mediante el cual somete a la consideración del Senado la no ratificación de Agustín Sánchez, con base en lo dispuesto por el segundo párrafo, de la fracción XIX, del artículo 27 de la Constitución Política y los artículos 15 y 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.
Esta resolución se notificará al Ejecutivo Federal y al Tribunal Superior Agrario para los efectos legales procedentes.