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Con el propósito de prohibir los matrimonios infantiles y sancionar a quien obligue a un menor de edad a contraer nupcias, la diputada Karen Michel González Márquez (PAN) propuso reformar diversas disposiciones de los códigos Civil Federal y Penal Federal para establecer que:
“Bajo ninguna circunstancia será lícito ni válido un matrimonio entre menores de edad o un menor de edad y un adulto. No procederá en esos casos, la invocación de los usos y costumbres a los que tienen derecho los pueblos y comunidades indígenas. En caso de que por cualquier circunstancia se llegare a realizar ese tipo de matrimonios, los mayores de edad involucrados, incluidos los padres, tutores, familiares y las autoridades, serán responsables penalmente”.
También se señala que al que tenga cópula con una persona menor de edad, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión. Se equipará a la violación y se sancionará de ocho a 30 años de prisión, al que sin violencia realice cópula con persona menor de 18 años de edad.
Además, a la o las personas mayores de edad que obliguen a uno o más menores de edad a contraer matrimonio por medio de la violencia física o moral, amenazas o de cualquier otra forma, contra la voluntad del o los menores, se les impondrá hasta cinco años de prisión y de 180 a 360 días multa. La invocación de los usos y costumbres a los que tienen derecho los pueblos y comunidades indígenas no será atenuante de la pena.
El documento fue remitido a la Comisión de Justicia para dictamen, y a la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia para opinión.
@NoticiaCongreso