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El Pleno del Senado de la República, avaló en lo general y particular, un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Federal de Protección al Consumidor; de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros; y de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, a fin de mantener actualizado permanentemente un registro público de consumidores que no deseen que su información sea utilizada para fines mercadotécnicos o publicitarios, denominado Registro Público para Evitar Publicidad.
Para fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Economía, el senador Gustavo Madero Muñoz (PAN) señaló que la iniciativa propone prohibir llamadas telefónicas o mensajes multimedia a los consumidores de bienes o servicios y a los usuarios de servicios financieros, salvo que hayan manifestado su consentimiento mediante su inscripción en el registro.
Para fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Economía, el senador Gustavo Madero Muñoz (PAN) señaló que la iniciativa propone prohibir llamadas telefónicas o mensajes multimedia a los consumidores de bienes o servicios y a los usuarios de servicios financieros, salvo que hayan manifestado su consentimiento mediante su inscripción en el registro.
El dictamen, se avaló en lo general, con 91 votos a favor y cero en contra. En la discusión en lo particular, el Pleno de la Cámara Alta, aprobó en votación económica, reserva presentada por la senadora Imelda Castro Castro (Morena), la cual establece que no podrán realizarse llamadas con fines publicitarios en días de descanso obligatorio, así como que la Profeco emitirá un acuerdo de la regla de operación del Registro Público para Evitar Publicidad dentro de un plazo de seis meses.
De igual manera, se enuncia en el documento, que las instituciones financieras no podrán condicionar el uso de los servicios o productos que ofrece, a la autorización del usuario para recibir información con fines publicitarios o mercadotécnicos. Al respecto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, estará facultada para imponer una multa de dos mil a 60 mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a la Institución Financiera que envié directamente o por interpósita persona cualquier publicidad relativa a los productos y servicios que ofrezcan las mismas instituciones financieras.
Finalmente, el dictamen se avaló en lo particular con 85 votos a favor y se remitió a la Cámara de Diputados.
Fuente: Dictamen de las Comisiones Unidas
http://www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/101008