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El Senado aprobó sanciones a quienes apliquen terapias de conversión sexual con penas de dos a seis años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Estas modificaciones buscan promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+ a fin de promover la expresión de género de todas las personas.
La reforma que adiciona un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud fue aprobado por 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones.
Asimismo, se plantea que las sanciones tendrán un aumento del doble en la aplicación de estas prácticas en menores de edad o personas con alguna discapacidad.
El documento, enviado al Ejecutivo Federal para su consideración, establece que las sanciones serán aplicables a quienes realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier práctica que busque cambiar la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.