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Por 379 votos a favor, 2 en contra y 19 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el 4 de noviembre en lo general, reformas a los artículos 107 y 123 de la Constitución para desaparecer las Juntas de Conciliación y Arbitraje (dependientes de los poderes ejecutivos federal y locales) y que la justicia laboral pase a tribunales laborales, pertenecientes a los poderes judiciales federal y de los estados.
Al fundamentar el dictamen, el diputado del PRD, Guadalupe Acosta Naranjo, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, explicó que ésta reforma incorpora a la Constitución la obligación de elegir a los dirigentes sindicales mediante el voto directo, libre y secreto de los trabajadores. Una demanda social de hace décadas, afirmó.
Además, con el propósito de que las partes que acudan ante el organismo descentralizado de conciliación tengan certeza sobre los acuerdos o convenios realizados en materia laboral, se establecieron las reglas para que los convenios laborales adquieran condición de cosa juzgada, así como para su ejecución.
Al tratarse de reformas constitucionales, el dictamen aprobado en materia de Justicia Laboral se remitió a los congresos de las entidades federativas para su análisis, discusión y dictaminación.